La Subsecretaría de Hacienda rechazó la solicitud de la Fundación San Ignacio, sostenedora del Colegio San Ignacio Alonso Ovalle (SIAO), para ingresar al Registro Público de Entidades Donatarias, decisión que impide al establecimiento emitir certificados que otorguen beneficios tributarios a quienes donen a su programa de becas.
La resolución, emitida el 30 de abril mediante el oficio N° 294, argumenta que la institución no cumple con el principio de “beneficio público”, ya que cobra una colegiatura anual de $4.398.635 —superior al promedio del quintil más alto—, no recibe aportes estatales y, por ende, no garantiza acceso universal.
Desde la Fundación aseguran que la decisión afecta directamente el fondo de becas Arrupe, creado en 1962, que permite el ingreso gratuito de alumnos vulnerables sin requisitos socioeconómicos. Hoy solo 20 estudiantes de enseñanza media acceden al beneficio, lejos de los 140 que alguna vez lo recibieron simultáneamente.
“No estamos pidiendo fondos”
“La autoridad ha equiparado la sola existencia de un arancel con una barrera de acceso, sin considerar que no se exige a los becarios ni a quienes ingresan por mecanismos de inclusión”, sostiene la Fundación en el recurso de protección que interpuso.
El presidente de la Fundación, el sacerdote jesuita Juan Cristóbal García-Huidobro, afirmó que “no estamos pidiendo fondos para el colegio ni para subsidiar a familias que pueden pagar, sino que para el fondo de becas, que es de acceso universal”.
La Subsecretaría de Hacienda, por su parte, respondió que aún no ha sido notificada del recurso judicial y defendió su criterio señalando que “se considera que una entidad es de beneficio público especialmente cuando recibe apoyo estatal o cuando el costo de sus servicios no implica una barrera de acceso económico para la mayoría de la población”.