por 24Horas
1 de julio de 2025
El beneficio busca aumentar el acceso a la compra de nuevas viviendas. Revisa los pasos para acceder y las entidades financieras adscritas.
El Subsidio al Crédito Hipotecario, también conocido como el Subsidio al Dividendo, es un beneficio que permite disminuir el monto del dividendo mensual a través de la reducción de la tasa de interés del crédito hipotecario.
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Para acceder a la ayuda, que busca aumentar el acceso a la compra de nuevas viviendas, las personas solo podrán acudir a nueve bancos que están adscritos al beneficio. Te contamos cuáles son y cómo es que se obtiene el subsidio.
¿Qué es el Subsidio al Dividendo 2025?
El Subsidio al Crédito Hipotecario entregará hasta 50 mil subsidios a personas naturales que deseen comprar una vivienda nueva de no más de 4.000 UF.
Además, se establece un cupo reservado de 6 mil subsidios para las primeras viviendas de hasta 3.000 UF para beneficiarios de los subsidios habitacionales DS1 y DS19.
Cómo obtener el Subsidio al Dividendo
De acuerdo con lo indicado por el Gobierno, se puede acceder al Subsidio al Crédito Hipotecario siguiendo estos pasos:
- Encontrar una vivienda que cumpla con los requisitos para acceder al subsidio.
- Acercarse a una de las entidades financieras adscritas.
- El subsidio se otorga de forma automática una vez aprobado el crédito hipotecario
Es importante aclarar que este beneficio NO es postulable, pues se entregará de manera automática a las personas naturales que se encuentren entre las primeras 50 mil compras desde la entrada en vigencia de la ley, o hasta que pasen dos años, lo que ocurra primero.
Entidades con las se puede obtener el Subsidio al Dividendo
Las instituciones financieras adscritas al Subsidio al Crédito Hipotecario son las siguientes:
- Coopeuch
- Banco Santander
- Mutuos Hipotecarios Renta Nacional S.A.
- BancoEstado
- Itaú Corpbanca
- Banco de Chile
- BCI
- Banco Consorcio
- Banco Falabella
Requisitos para optar al Subsidio al Crédito Hipotecario
Los requisitos para optar al Subsidio al Crédito Hipotecario son:
- Personas naturales
- Viviendas nuevas de hasta 4.000 UF
- Promesas de compraventa celebradas a partir del 1 de enero de 2025
- No aplica para promesas de compraventa celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024 ni para repactaciones de créditos hipotecarios