por ElDia
11 de junio de 2025
El Tribunal Constitucional (TC) resolvió el conflicto de competencias entre el Comité de Ministros y el Primer Tribunal Ambiental (ITA) sobre el proyecto minero-portuario Dominga. En la sentencia, rechazó la contienda promovida por el Comité, validando las actuaciones del ITA en la fase de ejecución de su fallo de diciembre de 2024.
El TC fundamentó que el ITA sí posee competencia para supervisar el cumplimiento de sus propias resoluciones.
Recordemos que el Comité de Ministros alegó que el ITA excedió sus atribuciones al modificar parcialmente su resolución del 14 de enero de 2025. Argumentó que el tribunal ambiental invadió facultades discrecionales reservadas al órgano administrativo, violando los artículos 30 de la Ley N°20.600 y 20 de la Ley N°19.300.
Lo anterior, luego de que el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta ordenara al Comité de Ministros votar -nuevamente- la mencionada iniciativa minera portuaria. Entonces, desde el Ejecutivo, mediante el mencionado Comité, decidieron acudir al Tribunal Constitucional (TC).
La sentencia aclaró que el artículo 30 de la Ley N°20.600 —que prohíbe a los tribunales ambientales determinar el contenido discrecional de actos anulados— solo aplica a sentencias declarativas, no a fases ejecutivas.
Asimismo, el TC precisó que la resolución cuestionada del ITA “se inserta en el cumplimiento incidental de la sentencia“, etapa donde ambos órganos están sujetos a lo ya resuelto.
Además, el fallo destacó que el Comité de Ministros reconoció tácitamente la competencia del ITA al apelar ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta sin objetar previamente la vía ejecutiva. Esta contradicción procesal fue determinante. “Al apelar, es esa misma parte la que ha reconocido y otorgado competencia a la Corte“, señaló el TC.
Efectos inmediatos en favor de proyecto Dominga
Tras rechazar la contienda, el TC ordenó levantar la suspensión del procedimiento administrativo del proyecto Dominga. Del mismo modo, no impuso costas al Comité de Ministros, aunque subrayó que cualquier impugnación sobre el fondo debe ventilarse en tribunales ordinarios mediante los recursos pertinentes.
La resolución elimina el último obstáculo jurisdiccional para el proyecto Dominga, ubicado en La Higuera, región de Coquimbo.
Así las cosas, Andes Iron SpA, titular de la iniciativa, podrá continuar el proceso de evaluación ambiental conforme a lo ordenado por el ITA en diciembre de 2024.