La Superintendencia de Seguridad Social emitió el pasado 26 de mayo un dictamen que redefine el uso de licencias de pre y postnatal, permitiendo viajes dentro y fuera del país durante dichos permisos. El documento fue difundido en plena arremetida de la Contraloría por el uso irregular de licencias fraudulentas por parte de funcionarios públicos. La circular fue enviada horas antes de la renuncia de la cuñada del Presidente Boric, quien viajó estando con licencia médica.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) oficializó un cambio de criterio normativo que elimina la posibilidad de rechazar o invalidar licencias médicas de tipo pre y postnatal por el solo hecho de que la persona beneficiaria no permanezca en su domicilio, permitiendo expresamente desplazamientos dentro y fuera del país durante dichos permisos.

Así lo establece el dictamen N° O-84937-2025, contenido en la Circular N° 3863, firmada electrónicamente por la superintendenta Pamela Gana Cornejo y fechada el 26 de mayo de 2025. El documento modifica las disposiciones del Compendio de Normas sobre Licencias Médicas, Subsidios por Incapacidad Laboral y Seguro SANNA, en lo referido al artículo 55 letra a) del D.S. N° 3 de 1984 del Ministerio de Salud.

“No corresponde aplicar la causal de incumplimiento de reposo respecto de las licencias médicas de pre y postnatal, por tratarse de un descanso derivado del embarazo, y no de una enfermedad. Ello implica que, tratándose de estas licencias médicas, se permite el desplazamiento, por lo que no pueden ser rechazadas si la persona no se encuentra en el domicilio o si viaja dentro o fuera del territorio nacional”, señala la nueva letra j) incorporada al numeral 2, del Título V, del Libro II del Compendio.

La decisión se respalda en el principio de protección a la maternidad contenido en el artículo 194 del Código del Trabajo, así como en jurisprudencia anterior de la propia Suseso, particularmente los dictámenes N° 9426-1989 y 654-2021.

“Estas licencias tienen por objeto proteger la maternidad, el cuidado del recién nacido y la recuperación de la madre, por lo que no debe ser asimilado a una licencia médica común”, detalla el dictamen. Por esa razón, “no corresponde su rechazo por la causal de incumplimiento de reposo en caso de salida del país durante su vigencia”.

La instrucción no se aplica a las licencias tipo 4 (enfermedad grave de niño menor de un año) ni a las tipo 7 (patologías del embarazo), las cuales seguirán sujetas al régimen general de reposo obligatorio.

Suseso justificó la omisión del proceso de consulta pública, normalmente requerido por la Ley N° 16.395, argumentando que el cambio “recoge solo jurisprudencia histórica” y, por tanto, no requería consulta previa, situación que igualmente ha llamado la atención en el mundo jurídico.

Licencias maternales: Esquirlas de una decisión

El contenido del dictamen ha generado inquietud, y el momento de difusión ha provocado suspicacias. La circular fue enviada el 26 de mayo a las 14:43 horas desde la casilla oficial dictamen@suseso.cl, y reenviada a las 15:00 horas desde las oficinas de partes de todas las Isapres del país.

El documento también fue remitido a Fonasa, la COMPIN, la Superintendencia de Salud, Cajas de Compensación, la Subsecretaría del Trabajo y la Dirección del Trabajo, consolidando así su efecto inmediato y masivo en todo el sistema previsional.

La publicación ocurre en paralelo a la mayor fiscalización desplegada por la Contraloría, que investiga el uso de licencias médicas por parte de más de 25 mil funcionarios públicos que habrían viajado al extranjero mientras mantenían permisos por reposo.

Es más, esta decisión incluso llegó días después de que la CGR instruyera un sumario contra la propia Suseso por no haber actuado con anterioridad frente a esta problemática que le ha costado al Estado miles de millones de pesos.

En este escenario, el nuevo dictamen es leído en círculos técnicos como un acto administrativo que, en la práctica, funciona como un “indulto generalizado” para miles de trabajadores del sector público ya que se pasa a “interpretación auténtica” al interpretarse favorablemente al resto.

A lo anterior se suma un elemento político: horas después de la distribución del dictamen, se conoció la renuncia de la cuñada del presidente Gabriel Boric, Fiona Bonati, quien viajó fuera del país usando licencia médica por enfermedad de su hijo, y no una licencia postnatal. Desde La Moneda aseguran que el viaje se realizó una vez cumplido el permiso de postnatal, pero el efecto simultáneo entre la emisión del dictamen y la salida de la autoridad ha encendido alertas tanto en el Congreso.

Efectos en licencia maternal

El cambio normativo tiene efectos inmediatos: las licencias pre y postnatal ya no pueden ser objetadas por incumplimiento de reposo domiciliario, sin importar si hay desplazamientos nacionales o internacionales. Esta interpretación será obligatoria para todos los entes administradores del sistema.

No obstante, quedan fuera del nuevo criterio las licencias tipo 4 y 7, en las que sigue vigente la regla de reposo domiciliario estricto. “A las que se aplican las reglas generales de incumplimiento de reposo”, señala expresamente el texto.

Expertos en derecho administrativo han advertido que la nueva instrucción podría tener efectos colaterales en los procesos disciplinarios actualmente en curso y debilitar la eficacia del principio de probidad en el uso de recursos públicos.