por BioBioChile
11 de septiembre de 2025

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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de protección presentado por el programa Mi Abogado contra el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, ordenando trasladar de forma inmediata a 13 adolescentes varones a una residencia que garantice condiciones dignas y seguras. El fallo unánime destacó que las condiciones actuales afectaban el estándar de vida digno de los menores, vulnerando su derecho a la igualdad ante la ley.
En el norte del país, la Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y ordenó el traslado de 13 adolescentes varones.
La acción judicial fue presentada por el programa Mi Abogado. De esta manera, se ordenó el traslado -de manera inmediata y con carácter prioritario- a una residencia de administración directa o a un dispositivo alternativo que garantice condiciones de vida dignas, seguras y adecuadas a su edad y necesidades.
Se trató de un fallo unánime en el que se consideró que las actuales condiciones del lugar donde residen “han afectado el estándar de vida digno de los NNA allí residentes, en comparación con el goce y ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes acogidos en otras residencias de la región y/o país, lo que vulnera directamente la garantía de igualdad ante la ley”.
Agregando que “la vulneración de las garantías constitucionales invocadas se aprecia de manera manifiesta, en particular del derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de los NNA protegidos, así como del derecho a la igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República”.
“Ello resulta evidente si se considera que las deficiencias observadas se arrastran, al menos, desde el año 2023, y que, pese a ello, los recurridos han mantenido una actitud pasiva, según se desprende de los antecedentes allegados a esta sede, sin adoptar ni ejecutar medidas definitivas que permitan subsanar las problemáticas denunciadas, tanto de carácter estructural como interventivo”, complementa la resolución.
El fallo
De esta manera, se ordenó al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia que “en un plazo de diez días hábiles informe la fecha de apertura de Residencia de administración directa, para jóvenes de 14 a 18 años en la región de Antofagasta”.
A lo anterior se suma que, en un mismo plazo de 10 días hábiles, se solicita informar “el plan detallado de traslado de los adolescentes, el estado del proceso de habilitación de la nueva residencia y las medidas adoptadas para garantizar su seguridad e integridad, debiendo actualizar dicha información cada treinta días mientras persista el proceso de cierre y reubicación”.
“Se instruye al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia adoptar, dentro de un plazo no superior a diez días hábiles, las medidas de apoyo psicosocial y terapéutico necesarias para resguardar la salud física y mental de los adolescentes”, se lee en el documento.