por CNN Chile
5 de junio de 2025
Sin objeción de conciencia institucional: Gobierno ingresa nuevos requisitos a proyecto de eutanasia en Chile

La propuesta endurece los requisitos para acceder al procedimiento, amplía el acceso a todos los centros de salud —sin permitir objeción de conciencia institucional— y establece la creación de un comité evaluador.
Tras 14 años en tramitación legislativa, el Gobierno ingresó este jueves un conjunto de indicaciones al proyecto de ley que busca regular la eutanasia en Chile.
La propuesta, que se discute actualmente en la Comisión de Salud del Senado, busca garantizar el derecho a solicitar asistencia médica para morir en casos de enfermedad terminal o condición incurable, bajo parámetros específicos y regulados.
La ley —denominada oficialmente como “Proyecto de ley sobre el derecho a optar voluntariamente por asistencia médica con el objeto de acelerar la muerte”— establece que el procedimiento solo podrá solicitarse por personas mayores de 18 años, con residencia legal en Chile y un diagnóstico confirmado por dos médicos cirujanos.
Además, la decisión deberá ser informada, reiterada y libre de presiones externas.
Modificaciones clave: Ampliación de acceso y nueva regulación del procedimiento
Entre las indicaciones presentadas por el Gobierno se encuentra la eliminación de la objeción de conciencia institucional, medida que obliga a todos los centros de salud —públicos y privados— a garantizar la realización del procedimiento cuando se cumplan los requisitos legales.
También se redefine el diagnóstico que habilita la solicitud, reemplazando la condición de “privación irreversible de facultades mentales” por el concepto de “deterioro cognitivo, severo e irreversible”.
Esta modificación busca mayor claridad jurídica y médica sobre los criterios que permiten acceder al derecho.
El texto actualizado indica que la asistencia médica para morir podrá llevarse a cabo en centros de salud o en el domicilio del solicitante, incluyendo hospicios u otras residencias autorizadas.
El procedimiento será regulado por una norma técnica que dictará el Ministerio de Salud en un plazo máximo de 12 meses tras la eventual promulgación de la ley.
Requisitos más estrictos y nuevas responsabilidades médicas
El proyecto incorpora nuevos requisitos formales: se deberán presentar dos solicitudes de manera separada, con al menos 15 días corridos entre ellas.
Además, ambas deberán ser registradas por el médico tratante en la ficha clínica, y la reiteración deberá contar con la presencia de dos testigos.
En cuanto a los requisitos de fondo, será necesario que el diagnóstico sea ratificado por dos médicos cirujanos, y que el paciente sea evaluado como plenamente capaz de tomar decisiones por su médico tratante.
Otra indicación relevante exime de responsabilidad penal al personal sanitario que participe en el proceso, siempre y cuando se cumplan todos los pasos legales y clínicos establecidos.
Creación de comité evaluador y medidas complementarias
Se propone la creación de un Comité de Garantía y Evaluación, de carácter nacional, encargado de revisar las solicitudes, emitir informes y verificar que se cumpla con la normativa vigente.
También se eliminará la posibilidad de registrar la voluntad anticipada en la cédula de identidad, aunque sí se establecerá un registro nacional accesible a los médicos tratantes.
Asimismo, la declaración de voluntad anticipada será indefinida, pero siempre revocable, lo que garantiza que el paciente pueda modificar su decisión en cualquier momento.
Plazos y aplicación
Si el proyecto es aprobado, el Ministerio de Salud tendrá un plazo de 12 meses para elaborar y publicar el reglamento y la norma técnica del procedimiento. Solo a partir de entonces la ley podrá entrar en vigencia.