por La Tercera
17 de julio de 2025
Un paso relevante dio el proyecto que modifica el artículo 3° de la Ley 21.368, conocida como Ley de Plásticos de un Solo Uso, tras su aprobación en general por parte de la Comisión de Medio Ambiente de la Cámara de Diputados. La medida fue celebrada por gremios como la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), la Asociación Chilena de Gastronomía (ACHIGA), la Asociación de Industriales Gráficos (ASIMPRES), la Cámara Nacional de Comercio (CNC), la Federación de Empresas de Turismo de Chile (FEDETUR) y la Cámara de Centros Comerciales (CCC).
La modificación busca corregir una ambigüedad en la ley que actualmente impide el uso de utensilios de un solo uso en locales gastronómicos, incluso si están hechos con materiales reciclables o compostables como cartón, papel, madera o bambú.

“Reconocer esta contradicción es un avance en sí mismo. Esta revisión no implica un retroceso ambiental, sino una oportunidad para fomentar soluciones innovadoras, sustentables y generadoras de empleo”, afirmaron los gremios en una declaración conjunta.
Desde el mundo empresarial se valoró la señal de apertura al diálogo y se advirtió que la redacción actual puede perjudicar tanto al medio ambiente como a las pequeñas y medianas empresas que ya han invertido en alternativas al plástico tradicional.
La moción continuará su tramitación en el Congreso y podrá recibir indicaciones hasta el 18 de julio, antes de pasar a su votación en Sala. Los gremios esperan que el debate mantenga un enfoque técnico y alineado con los principios de economía circular.

Por qué es importante esta modificación a la Ley de Plásticos de un Solo Uso
- Permitiría el uso de materiales compostables que hoy están prohibidos por la ley vigente.
- Respalda a pymes que han desarrollado soluciones sostenibles.
- Promueve una transición más realista hacia un modelo sin plásticos contaminantes, sin asfixiar al ecosistema productivo.
Contexto normativo de la Ley de Plásticos de un Solo Uso
La Ley de Plásticos de un Solo Uso, en vigor desde agosto 2021, tiene como objetivo reducir el uso de plásticos en el comercio gastronómico. Sin embargo, su aplicación ha generado controversias por excluir otros materiales ecológicos que podrían ser parte de la solución y no del problema.
Desde febrero de 2022 está prohibido para quienes expenden alimentos la entrega de bombillas, cubiertos y palillos de plástico de un solo uso, así como productos de poliestireno expandido (conocido como plumavit). Y, en agosto del año pasado debían entrar en vigor otras dos obligaciones de la ley:
1- La prohibición de entrega dentro de los locales de comida de productos de un solo uso, cualquiera sea su materialidad, es decir, solo podrían ser utilizados implementos reutilizables.
2- Para entregas fuera del local, se permitirían productos de un solo uso, pero debían ser de materialidades valorizables distintas al plástico o plástico certificado.
A principios de agosto del 2024, el Senado aprobó la postergación de la entrada en vigencia de la prohibición de entregar productos de un solo uso por 54 meses desde la publicación de la ley, es decir, hasta febrero de 2026.