por La Tercera

17 de julio de 2025

40 páginas tiene el escrito con el cual el ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago Antonio Ulloa apeló a la sanción impuesta por el tribunal de alzada y que lo suspendió por el cargo durante cuatro meses. Una sanción que, además, propone a la Corte Suprema que se evalúe la remoción del magistrado del Poder Judicial, luego de que se conocieran las conversaciones entre Ulloa y el penalista Luis Hermosilla.

En su apelación, a la que tuvo acceso La Tercera, Ulloa acusa vulneración de derechos durante el proceso y expone que algunos ministros que apoyaron su suspensión, en su momento pidieron de su ayuda para llegar al tribunal de alzada capitalino. Ejemplo de aquello, expuso Ulloa, es el caso de la ministra Romy Rutherford, reconocida magistrada que llevó adelante la indagatoria por el fraude en el Ejército.

El escrito ingresado por el suspendido ministro se basa en que, a su juicio, durante el proceso sancionatorio “en nada se consideran los elementos principales que explican la mayoría de los cargos”.

Antonio Ulloa, ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago.

En ese sentido, agrega que tanto la fiscal judicial Javiera González, que investigó su caso y propuso su sanción, así como la propia sentencia tienen “un marcado sesgo vulneratorio de la presunción de inocencia y de mi honra, haciéndose eco de una orquestada e interesada campaña comunicacional en mi contra”.

“Me he visto impedido de defender mi conducta funcionaria”, sostiene. Junto con eso, agrega que la fiscal judicial “me privó sin fundamento de rendir prueba testimonial idónea a fin de defenderme de parte de los cargos”, señalando también que González extendió “ilegalmente su investigación”.

Las inhabilidades

A juicio del magistrado hay inhabilidades y falta de parcialidad de parte de quienes analizaron su proceso, dando cuenta de que se transgredió la obligación, por parte de los ministros que aprobaron su proceso sancionatorio, de abstenerse a intervenir teniendo conflictos de interés.

En ese sentido, apunta a que “encuentro revelador de esta conducta impropia que dos actuales ministras de la Corte de Apelaciones de Santiago, que en la sentencia que se impugna han concurrido con su voto a que se me sancione por este cargo, en el pasado espontáneamente hayan requerido mi ‘ayuda‘ para lograr sus designaciones en ternas para el cargo de ministro de esta Corte”.

Romy Rutherford, ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Una de ellas, dice el magistrado, es la jueza Rutherford, quien le envió un correo diciendo: “Va lo pedido!!!!!!! Cariños”, junto con remitir “su currículum, y al día siguiente expidiera otro correo electrónico acompañando el Oficio N° 000497 ANT. ADM. AD-866-2014. COMUNICA ACUERDO de 16 de septiembre de 2014, relativo a la terna para proveer el cargo de ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, vacante por promoción de su titular señor Carlos Cerda Fernández".

También apunta a que la relatora de la Corte Suprema, Maritza Villadangos, le envió un correo el 27 de noviembre del 2012. En esa comunicación la abogada, afirma Ulloa, le dijo: “Querido Antonio: Tal como te conté, estoy en esta terna junto a Paola y Crisosto y no tengo pitutos. Pensando en quién recurrir, me acordé de ti con la esperanza de que puedas hacer alguna llamada telefónica milagrosa. De antemano muchísimas gracias. Cariños. Maritza”.

En ambos casos el magistrado adjuntó en su apelación los citados correos electrónicos.

Ulloa también sostiene que la ministra Dobra Lusic, quien a su juicio debió inhabilitarse, tampoco lo hizo, lo que a su juicio “constituye un vicio que infringe el debido proceso”. Según el juez, desde que asumió como ministro de la Corte de Santiago “he percibido una notoria enemistad de la ministra señora Dobra Lusic Nadal hacia mi persona, siendo informado por fuentes confiables que tal tratamiento se debería a la convicción por parte de la citada señora ministra que yo habría intervenido junto a terceros en una campaña en su contra que impidió su ascenso al cargo de ministra de la Corte Suprema, lo que niego tajantemente”.

Ministra Dobra Lusic.

Por lo mismo, concluye que en “aras de la transparencia, objetividad e imparcialidad que garantice un debido proceso, la ministra señora Lusic debió inhabilitarse, lo que no hizo, como tampoco SS. Iltma. lo declaró, lo que a mi juicio constituye un vicio que infringe el debido proceso”.

“Reconozco haber incurrido en esta conducta, pero estimo no corresponde que mi persona sea el ‘chivo expiatorio’ de una práctica consuetudinaria que claramente debe erradicarse a fin de resguardar la independencia y probidad judicial”, concluye en su reclamación.

La posición de Ulloa

Sobre la presunta entrega de información a Hermosilla, Ulloa sostiene que “tal información siempre fue entregada y/o comunicada con posterioridad a los respectivos acuerdos adoptados, atendido que la prueba recopilada en este procedimiento demuestra que, en caso alguno conversé o discutí con el señor Hermosilla causas jurisdiccionales o disciplinarias que fueron conocidas por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, con antelación mi intervención como ministro en dichos antecedentes”.

Fotos: Patricio Fuentes Y.

“No resulta admisible, que pese a reconocer la señora Fiscal Judicial en su Informe Final un déficit probatorio, en relación a la incongruencia de las horas en que remití las Actas de la Excma. Corte Suprema con la hora de su firma, se opte por sancionarme. Lo anterior denota un claro sesgo y una violación al trato que debe darse al sumariado como inocente, además de infringir la presunción de inocencia como regla de todo juicio”, agrega el juez.

Sobre Hermosilla, el magistrado sostiene que “no existe una relación de ‘íntima amistad’ que se refleje en actos de estrecha familiaridad. Las conversaciones que tuve con el señor Hermosilla se refieren a mi nombramiento como Ministro de esta Corte, así como las buenas referencias a otros funcionarios judiciales, que me pidieron ayuda en sus postulaciones a cargos de Ministros y/o Fiscales Judiciales, todo dentro de un contexto de buena fe para ilustrar la idoneidad de el o los candidatos de la Excma”.

Antonio Ulloa, ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Concluyendo que “prácticamente la totalidad de los hechos que se me imputan fueron ejecutados en fechas anteriores al 22 de enero de 2023, dado que la instrucción de este sumario fue decretado por la Excma. Corte Suprema el 22 de enero de 2025, de modo que el plazo se encuentra cumplido”.

Al término de su apelación, en el que pide que se revoque su sanción que califica como desproporcionada, pide también que sea sobreseído del proceso administrativo, así como también que “se reciban alegatos de esta parte, ordenándose consecuencialmente la vista del recurso y su inclusión en la tabla de una próxima audiencia”.

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