por ElDia
18 de julio de 2025
La sexta y última jornada del juicio oral por el crimen de Camila, joven madre asesinada hace un año en Alfalfares, en La Serena, se desarrolló el día de ayer.
La audiencia se inició con la presentación de un perito de la defensa - un médico psiquiatra específicamente - quien abordó puntalmente los posibles efectos que puede provocar el consumo de drogas, como la cocaína o el tusi.
“El peritaje es de fecha de octubre del año pasado y el informe fue emitido en noviembre. Fue evaluado el imputado en dependencias del recinto carcelario de Huachalalume, peritaje que fue solicitado por Defensoría para hacer una evaluación de su condición psiquiátrica general, para que colaborara a la determinación de su imputabilidad en relación a un homicidio por el cual está siendo procesado”, indicó el perito durante su presentación.
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ARGUMENTO DE FEMICIDIO NO ÍNTIMO
Ya en lo que concierne a los alegatos de cierre, el primero en tomar la palabra fue el fiscal Eduardo Yáñez, quien centró la primera parte de su exposición en la figura del delito de femicidio no íntimo. “Creemos que se logra acreditar por la prueba rendida en este juicio oral, buscando un concepto y con el protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género, de la ONU Mujeres y de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU”, sostuvo.
“Este es un protocolo que se utiliza en Chile. De hecho la fiscalía lo había tomado como base para sus capacitaciones y para material doctrinal. Quise tomar este concepto de femicidio no íntimo, porque creo que aplica muy bien al caso que hemos conocido con relación a la muerte de Camila y del homicidio frustrado calificado de su hija”, agregó.
En esa línea, el persecutor explicó que este concepto hace referencia a al asesinato de una mujer “cometido por un hombre desconocido, con quien la víctima no tenía ningún un tipo de relación. Por ejemplo, citando en el documento, una agresión sexual que culmina en el asesinato de una mujer a manos de un extraño y también se considera, el caso del vecino que mata a su vecina sin que existieran entre ambos algún tipo de relación o vinculo. Pues bien, ese nos parece que es el caso”, puntualizó.
Además, Yáñez explicó que “el tipo penal atribuido por la fiscalía del femicidio no íntimo en el Código Penal, refiere del hombre que mata a una mujer en razón de su género, considerando en este caso la calificación presentada por la fiscalía: ser consecuencia de la negativa de establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual. La muerte de Camila en manos del acusado, fue en razón de su género por la negativa de la víctima a establecer una relación sentimental”.
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Por su parte, Marcia Gallardo, abogada del Centro de Atención a Víctimas de Delitos Violentos y representante de la parte querellante, afirmó que “nosotros consideramos que hay suficiente antecedentes para la acreditación del hecho, y si, más bien, la discusión está en la calificación jurídica, creemos que no hay duda alguna de los dos hechos que se cometieron y que el imputado es el único posible responsable de estos hechos”.
En ese sentido, la abogada aseguró que la causa “ha estado bien. Yo creo que definitivamente va a existir una condena en contra del imputado. Para nosotros no hay duda de ese elemento”.
En cuanto a lo que esperan como parte querellante, indicó que “como lo señalé en mi alegato de clausura, nosotros queremos una pena ejemplificadora. Queremos, ojalá, una pena de presidio perpetuo calificado y eso es lo que nosotros esperamos. Definitivamente por estos hechos, por la gravedad y en especial, tomando en consideración el daño causado, que también fue un elemento que nosotros tratamos durante todo el juicio de recalcar y profundizar en la gravedad del delito, la brutalidad y lo que generó para don Ronald (la pareja) y su familia”.
En cuanto a la tesis de que el imputado habría estado bajo los efectos de la droga al momento de cometer el crimen, la jurista sostuvo que “a juicio incluso de los peritos presentados por la defensa y por la parte acusadora, había un consumo de drogas que estaba más bien controlado. No era un consumo de drogas problemático, porque todos los peritos fueron constantes en señalar que él no tenía una disfuncionalidad; se manejaba bien en su vida, tenía trabajo, no había un elemento social, no tenía las características de lo que se puede estimar como una persona que tiene una adicción a las drogas que no esté controlada, todo lo contrario. Él tenía un consumo que era de moderado a leve. Así lo dijo, de hecho, el perito de la fiscalía”, puntualizó.
Finalmente, el defensor público Román Zelaya, cerró los alegatos señalando que el imputado estaría dispuesto a recibir el castigo que corresponde. “Sin embargo, también ese castigo debe ser el que sea de una consecuencia de lo que establece la ley y de lo que se ha probado en un juicio. Eso es lo único que estamos pidiendo”, puntualizó.
Tras los alegatos, el veredicto se conocerá este viernes a las 12:00 horas, en la primera sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena.