por BioBioChile
4 de agosto de 2025

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La jueza Irene Rodríguez, investigada por la liberación del sicario Alberto Carlos Mejía, decidió ser representada por la Defensoría Penal Pública después de que el Ministerio Público la citara en calidad de imputada. Si bien, en un comienzo la magistrada había optado por “defenderse sola”, ahora buscó asistencia jurídica ante la posible formalización del caso.
La jueza Irene Rodríguez, investigada por la liberación del sicario Alberto Carlos Mejía, decidió ser representada por la Defensoría Penal Pública después de que el Ministerio Público la citara en calidad de imputada. Si bien, en un comienzo la magistrada había optado por “defenderse sola”, ahora buscó asistencia jurídica ante la posible formalización del caso.
La hoy suspendida jueza, titular del 8° Juzgado de Garantía de Santiago, fue imputada por el delito de prevaricación culposa vinculado a la liberación irregular del sicario formalizado por el crimen del “Rey de Meiggs”.
Jueza imputada
La semana del 14 de julio, la jueza había entregado su versión de los hechos en calidad de testigo haciendo entrega de sus aparatos tecnológicos. Sin embargo, el Ministerio Público modificó su calidad procesal y la citó nuevamente, esta vez como imputada.
La jueza declaró el pasado miércoles 30 de julio ante el fiscal Marcos Pastén, en el marco de una investigación de la PDI que se centraría en una presunta “negligencia grave o ignorancia inexcusable” por parte de la jueza al resolver la liberación del homicida.
A pesar de tener derecho a guardar silencio, la magistrada cooperó entregando sus aparatos tecnológicos y autorizando el alzamiento de su secreto bancario. Además, la jueza indicó a La Tercera, que decidió “defenderse sola”.
Sin embargo, ahora optó ser representada por un abogado de la Defensoría Penal Pública. Esta decisión, según estableció el medio citado, se debe a que el Ministerio Público busca formalizar la investigación, por lo que la jueza necesitaría mayor asistencia jurídica.
No obstante, según la normativa vigente, si Fiscalía decidiera solicitar medidas cautelares en su contra, deberá tramitar primero una “querella de capítulos” ante la Corte de Apelaciones.
Negligencia o actuar doloso
La Fiscalía imputa a la jueza por el delito de prevaricación culposa y, a juicio del organismo, su actuar fue negligente y no hizo lo suficiente para impedir el error que terminó con la liberación de Mejía.
Las diligencias han demostrado que, si bien la resolución que ordenaba la prisión preventiva tenía un error en el apellido del imputado, existían otros mecanismos para corregir el documento.
Los investigadores determinaron que, a pesar de que esas órdenes son “documentos tipo” que no admiten enmiendas, la magistrada pudo haber utilizado otras vías para modificar la resolución.
Bajo ese contexto, se busca esclarecer las acciones de la magistrada para saber si hubo negligencia o un actuar doloso, es decir, intencional. Para determinar si existieron posibles pagos por esta gestión, el Ministerio Público está revisando las cuentas bancarias de la jueza.
En el marco de esta investigación, hay otros ocho imputados: una funcionaria del Poder Judicial y siete gendarmes.
Respecto a los gendarmes, se les vincula como imputados por no haber advertido del error que implicaba la liberación del sujeto, pese a que la normativa establece que no pueden cuestionar las resoluciones judiciales.
De igual manera, se determinó que fue una gendarme la que alertó del error en el nombre del imputado.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)